Las comunidades autónomas como parte en el proceso civil de declaración. Regímenes normativos estatal y autonómico

  1. JUAN SANCHEZ, RICARDO
unter der Leitung von:
  1. Manuel Ortells Ramos Doktorvater

Universität der Verteidigung: Universitat de València

Jahr der Verteidigung: 1997

Gericht:
  1. Jaime Rodríguez-Arana Muñoz Präsident/in
  2. Juan Luis Gómez Colomer Sekretär/in
  3. Carmen Senés Motilla Vocal
  4. Juan Antonio Robles Garzón Vocal
  5. Ernesto Pedraz Penalva Vocal
Fachbereiche:
  1. Dret Administratiu i Processal

Art: Dissertation

Teseo: 60880 DIALNET

Zusammenfassung

CON LA APARICION DE LAS CCAA ESTAS INTENTAN AJUSTAR SU ACTUACION PROCESAL A LAS MISMAS ESPECIALIDADES QUE TIENEN LUGAR EN EL CASO DEL ESTADO. SIN EMBARGO, LAS CCAA CARECEN DE SUFICIENTES COMPETENCIAS PARA CONFIGURAR SU PROPIO ESTATUTO PROCESAL Y SOLO PUEDEN REMITIRSE AL REGIMEN PROCESAL DE AQUEL. LAS DIFERENCIAS DE ORGANIZACION ENTRE EL ESTADO Y LAS CCAA IMPIDEN UNA TRASLACION SIN MAS DE LAS ESPECIALIDADES PROCESALES DEL ESTADO A LAS CCAA. LA ACTUACION PROCESAL DE ESTAS GUARDA COMO DIFERENCIAS MAS SIGNIFICATIVAS RESPECTO DEL ESTADO: LA DETERMINACION DEL ORGANO DE REPRESENTACION NECESARIA Y LA INNECESARIEDAD DE SUSPENSION DEL PLAZO PARA CONTESTAR A LAS DEMANDAS. EL RESTO DE PRERROGATIVAS PROCESALES SON, EN TERMINOS GENERALES, COMUNES AL ESTADO Y LAS CCAA, Y CUENTAN SU RECONOCIMIENTO EN LA PROPIA LEGISLACION ESTATAL, LO QUE DA LUGAR A LA UNIFORMIDAD DEL ESTATUTO PROCESAL DE TODAS LAS CCAA.