Las comunidades autónomas como parte en el proceso civil de declaración. Regímenes normativos estatal y autonómico
- Manuel Ortells Ramos Director
Universitat de defensa: Universitat de València
Any de defensa: 1997
- Jaime Rodríguez-Arana Muñoz President/a
- Juan Luis Gómez Colomer Secretari/ària
- Carmen Senés Motilla Vocal
- Juan Antonio Robles Garzón Vocal
- Ernesto Pedraz Penalva Vocal
Tipus: Tesi
Resum
CON LA APARICION DE LAS CCAA ESTAS INTENTAN AJUSTAR SU ACTUACION PROCESAL A LAS MISMAS ESPECIALIDADES QUE TIENEN LUGAR EN EL CASO DEL ESTADO. SIN EMBARGO, LAS CCAA CARECEN DE SUFICIENTES COMPETENCIAS PARA CONFIGURAR SU PROPIO ESTATUTO PROCESAL Y SOLO PUEDEN REMITIRSE AL REGIMEN PROCESAL DE AQUEL. LAS DIFERENCIAS DE ORGANIZACION ENTRE EL ESTADO Y LAS CCAA IMPIDEN UNA TRASLACION SIN MAS DE LAS ESPECIALIDADES PROCESALES DEL ESTADO A LAS CCAA. LA ACTUACION PROCESAL DE ESTAS GUARDA COMO DIFERENCIAS MAS SIGNIFICATIVAS RESPECTO DEL ESTADO: LA DETERMINACION DEL ORGANO DE REPRESENTACION NECESARIA Y LA INNECESARIEDAD DE SUSPENSION DEL PLAZO PARA CONTESTAR A LAS DEMANDAS. EL RESTO DE PRERROGATIVAS PROCESALES SON, EN TERMINOS GENERALES, COMUNES AL ESTADO Y LAS CCAA, Y CUENTAN SU RECONOCIMIENTO EN LA PROPIA LEGISLACION ESTATAL, LO QUE DA LUGAR A LA UNIFORMIDAD DEL ESTATUTO PROCESAL DE TODAS LAS CCAA.