Los derechos de la víctima del delito y la victimización secundaria en el sistema procesal penalespecial referencia a las luces y sombras en la regulación de la ley 4/2015, del estatuto de la víctima del delito

  1. SEMPERE FAUS, SILVIA
Dirigida por:
  1. Diana Marcos Francisco Director/a

Universidad de defensa: Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir

Fecha de defensa: 24 de febrero de 2021

Tribunal:
  1. Ana Montesinos García Presidenta
  2. Juan Carlos Vegas Aguilar Secretario/a
  3. Ana Beltrán Montoliu Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 651806 DIALNET

Resumen

El rol de la víctima en el sistema procesal penal español, que se ha presentado históricamente como algo marginal debido a que su eje central era el victimario, ha cambiado durante los últimos años gracias a las reformas legislativas, que han conllevado una mayor presencia de la víctima en el proceso penal. El denominado “redescubrimiento de la víctima”, en el que ha tenido mucho que ver la influencia de la Ciencia de la Victimología, ha sido fundamental en el desarrollo de iniciativas legislativas de carácter internacional, europeo y nacional sobre el reconocimiento de derechos a la víctima del delito. El reconocimiento de estos derechos a las víctimas de todo tipo de delitos se produce por primera vez en España con la promulgación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, que traspone la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/220/JAI del Consejo. Como se enfatiza en el Preámbulo de la Ley del Estatuto de la víctima del delito, esta norma nace con la vocación de convertirse en un catálogo de derechos, procesales y extraprocesales. La tutela de la víctima en el proceso penal se vertebra alrededor de cinco derechos principales de los que es titular toda víctima de delito: a saber, el derecho a la información, el derecho a la participación en el proceso, el derecho a la protección, el derecho a la asistencia y el derecho a la reparación. Nuestro principal análisis se circunscribe a los tres primeros derechos (el derecho a la información, el derecho a la participación en el proceso y el derecho a la protección) puesto que son los derechos que han planteado más cuestiones novedosas y controvertidas a raíz de la Ley del Estatuto de la víctima del delito y a partir de un análisis integrador con nuestro ordenamiento 2 jurídico, fundamentalmente con la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además, desarrollamos principalmente tales derechos por ser los que a nuestro juicio tienen especial incidencia en la reducción de la victimización secundaria, hilo conductor de nuestra tesis. Nuestra intención con el análisis de los principales derechos de la víctima del delito es ofrecer una visión general pero a la vez lo suficientemente específica que permita analizar cada uno de los derechos desde el punto de vista de la victimización secundaria, y bajo el prisma de una jurisprudencia terapéutica en la que el bienestar personal y la capacidad de recuperación del impacto victimizador dependen de un modo esencial de la calidad de la atención y la participación de la víctima en el proceso. Nuestra finalidad fundamental es comparar los derechos que ha incorporado la LEVD y cómo se integran en nuestra legislación procesal, cuyas últimas reformas tienen especialmente en consideración los derechos de las víctimas en aras a la reducción de la victimización secundaria. Este es el enfoque de cada Capítulo, en el que se analizan cada uno de los derechos desde el punto de vista legislativo, doctrinal, jurisprudencial y, proponiendo buenas prácticas a raíz de éstos que beneficien a la víctima pero que en ningún caso supongan una merma de las garantías del investigado. Desde el principio de esta investigación mantenemos la necesidad del reconocimiento de la víctima en el proceso penal siempre a través de un equilibrio que permita reconocer sus derechos y evitar la victimización secundaria sin el menoscabo de los derechos del victimario. Conviene, por ello, proponer soluciones que reduzcan en la práctica la denominada victimización secundaria, optimizando y mejorando el funcionamiento de los operadores jurídicos que en algún momento del proceso penal tienen contacto con las víctimas, a fin de atribuir el conocimiento especializado de la atención y protección a las víctimas que han de tener, divulgando las conclusiones de esta tesis, apoyando de esta manera los derechos de la víctima del delito.