La creación de un nuevo orden público europeo en materia de privacidad como presupuesto para su garantía integral
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Universitat de València
info
ISSN: 1989-4570
Année de publication: 2021
Volumen: 13
Número: 2
Pages: 1086-1102
Type: Article
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Résumé
La normativa reciente en materia de protección de datos así como los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la cuestión y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a la vida privada, refuerzan la idea de la existencia de un orden público europeo distinto del orden público interno e internacional de cada Estado miembro. En este sentido, se ha venido conformando una estrategia comunitaria y un orden público europeo en torno a la concepción de la vida íntima y familiar y, en particular, al propio concepto de privacidad, cuyo alcance y significación difiere de la conceptualización que, sobre estos elementos, se ha venido realizando por la doctrina y jurisprudencia doméstica de los Estados miembros.
Références bibliographiques
- A. E. PÉREZ LUÑO, Los derechos humanos en la sociedad tecnológica, Universitas, Madrid, 2012, p. 23.
- A. F. WESTIN, Privacy and freedom, Athenaeum, New York, 1967.
- A. RALLO LOMBARTE, “De la libertad informática a la constitucionalización de nuevos derechos digitales (1978-2018)”, Revista de Derecho Político, nº 100, 2017, p. 643.
- E. GARZÓN VALDÉS, “Lo íntimo, lo privado y lo público”, en Claves de la razón práctica, nº 137, Madrid, 2003, p.15.
- H. BÉJAR, El ámbito íntimo. Privacidad, individualismo y modernidad, Alianza, Madrid, 1989.
- H. HUBMANN, Das Persönlichkeitsrecht, Böhlau, Colonia, 1967;
- J. C. INNES, Privacy, Intimacy and Isolation, Oxford University Press, New York, 1992, p. 56.
- J. J. LÓPEZ JACOISTE, “Una aproximación tópica a los derechos de la personalidad”, en Anuario de Derecho Civil, Vol. 39, nº14, 1986, pp. 1059-1120.
- J. M. ÁLVAREZ-CIENFUEGOS SUÁREZ, La defensa de la intimidad de los ciudadanos y la tecnología informática, Aranzadi, Pamplona, 1999, p. 71.
- J. M. DESANTES GUANTER Y SORIA, Los límites de la información. La información en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional: las 100 primeras sentencias, APM, Madrid, 1991.
- J. M. DESANTES GUANTER, “Intimidad e información, derechos excluyentes” en Nuestro tiempo, nº 213, Pamplona, 1972.
- J. RAZ, “The rule of law and its virtue” en The authority of law. Essays on law and morality, Oxford Clarendon Press, Oxford, 1979, p. 211.
- J. WADHAM/H. MOUNTFIELD/E. PROCHASKA, Blackstone’s guide to The Human Rights Act, 1998, Oxford University Press, Oxford, 2015, p. 232.
- K. A. BAMBERGUER/D. K. MULLIGAN, Privacy on the Ground. Driving Corporate Behavior in the United States and Europe, Massachusetts Institute of Technology Press, Cambridge, 2015, p. 150.
- L. DÍEZ PICAZO y A. GULLÓN. Sistema de Derecho Civil, Tecnos, Vol. 1, Madrid, 1992, p. 340;
- L. LÓPEZ GUERRA, Derecho Constitucional, Tirant lo Blanch, València, 2007, p. 231.
- M. ALBALADEJO GARCÍA, Derecho Civil I. Introducción y Parte General, Edisofer, Madrid, 2009, p. 460;
- S. D. WARREN/ L.D. BRANDEIS, “The Right to Privacy”, Harvard Law Review, vol. IV, nº 5, 1890.
- V. MAYER-SCHÖNBERGER y K.CUKIER, Big data. La revolución de los datos masivos, Turner, Madrid, 2015, p. 18.