La normativa en materia de violencia machista como garante de los derechos de las mujeres = The regulations on machist violence as a guarantor of the rights of women.

  1. Canet Benavent, Encarna 1
  2. Caravantes, Gloria Maria 2
  1. 1 Facultat de Ciències Socials Universitat de València
  2. 2 Universitat de València
    info

    Universitat de València

    Valencia, España

    ROR https://ror.org/043nxc105

Revista:
Cuadernos electrónicos de filosofía del derecho

ISSN: 1138-9877

Año de publicación: 2019

Título del ejemplar: CEFD Nº 39. Publicación de las actas del Congreso Internacional 70 Aniversario Declaración Universal de Derechos Humanos

Número: 39

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Cuadernos electrónicos de filosofía del derecho

Resumen

RESUMEN. La violencia que se ejerce contra las mujeres es una violación de los derechos humanos muy extendida y en gran parte impune en todo el mundo. No podemos hablar de derechos humanos sin tener en cuenta los derechos de las mujeres que se ven conculcados, demasiadas veces, por la violencia machista. Para acabar con las violencias machistas habrá que hacer un abordaje integral en su tratamiento que afecte a todos los ámbitos de la vida (económico, político, religioso, cultural ...), y también un esfuerzo en la equiparación de las diferentes legislaciones en cuanto al concepto de violencia de género.

Referencias bibliográficas

  • Amorós, C (2008): “Conceptualizar es politizar”. En Laurenzo, Maqueda i Rubio (coords): Género, política y derecho.Valencia. Tirant lo Blanch.
  • Canet, E (2017): El discurs de les professionals i la representació de la premsa sobre la violència de gènere al País Valencià. Tesi Doctoral. Universitat de València.
  • Gisbert, S i Martínez, E (2015): Género y violencia.Valencia. Tirant lo Blanch
  • Gutiérrez Romero, FM (2012): “Violencia de género: justicia y práctica”, en Nieto Morales (coor) (2012): La violencia intrafamiliar: menores, jóvenes y género. Barcelona. Bosch Editor.
  • Lousada, JF (2014): “El Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia de género”. Aequalitasnº 35, pp. 6-15.
  • Martínez Quintana, V (2010): “Violencia de género” en Amador, LV y Monreal, MC (coord) (2010): Intervención social y género. Madrid. Narcea Ediciones.
  • Marugan, B (2012): “Domesticar la violencia contra las mujeres, una forma de desactivar el conflicto intergéneros”. Investigaciones feministas, vol 3, 2012, pp.155-166
  • Maqueda, ML (2006): “La violencia de género: entre el concepto jurídico y la realidad social”. Revista electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 2006, 3-17. Recuperado de: http://bit.ly/1RP67kx
  • OMS (2002): Informe Mundial sobre la violencia y la salud. Recuperado el 22 de octubre de 2008 de: http://bit.ly/2pdeClg
  • Peris Vidal, M (2013): “La despolitización de la violencia de género a través de la terminología”. Asparkia, 24, 2013, 176-194
  • Tardón,B(2011):“Violenciadegéneroyderechoshumanos”,enPérez-Viejo,JMiEscobar,A(2011)Perspectivasdela violenciade género.Madrid.Grupo5
  • Themis (1999): Respuesta penal a la violencia familiar. Consejo de la Mujer de la Comunidad de Madrid.
  • Zuloaga, L (2015): “La violencia de género en la agenda mediática: el caso de la Ley Integral de violencia de género”. Oñati Socio-legal series vo. 5, nº 2 http://ssrn.com/abstract=2612466