La cuestión prejudicial como instrumento para interpretar derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico de la Unión Europea

  1. Patricia Llopis Nadal 1
  1. 1 Derecho Procesal, Universitat de València
Revista:
Anuario iberoamericano de justicia constitucional

ISSN: 1138-4824

Año de publicación: 2019

Número: 23

Páginas: 111-141

Tipo: Artículo

DOI: 10.18042/CEPC/AIJC.23.04 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

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Resumen

El presente trabajo estudia la relevancia de la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) como instrumento para interpretar derechos fundamentales. Para ello, en primer lugar, se realiza una breve introducción a la Unión Europea y a su Carta de Derechos Fundamentales como norma de rango superior; en segundo lugar, se exponen los aspectos más relevantes de la institución jurisdiccional de la Unión, prestando especial atención a los principios de gratuidad y contradicción y a la competencia del TJUE para proteger derechos fundamentales y, finalmente, se explica en qué consiste el mecanismo de la cuestión prejudicial y cómo está siendo utilizado para interpretar derechos fundamentales en el marco de un ordenamiento jurídico con particulares características como es el de la Unión Europea.

Información de financiación

61 P. ej., el derecho fundamental de sufragio activo en las elecciones al Parlamento Euro-peo (art. 39 de la Carta), en la Sentencia Delvigne, C-650/13, EU:C:2015:648, punto 52; los derechos fundamentales reconocidos a favor del menor (art. 24 de la Carta), con la Sentencia MCB, C-400/10 PPU, EU:C:2010:582, punto 62; el derecho fun-damental a la protección de la propiedad intelectual (art. 17.2 de la Carta), mediante la Sentencia Promusicae contra Telefónica de España, C-275/06, EU:C:2008:54, punto 62; el derecho fundamental a acceder a los datos recogidos que conciernen a la per-sona y a su rectificación (art. 8.2 de la Carta), con la Sentencia YS y otros, asuntos acumulados, C-141/12 y C-372/12, EU:C:2014:2081, punto 60, o el derecho a la infor-mación y consulta de los trabajadores en la empresa (art. 27 de la Carta), en la Sentencia Association de médiation sociale, C-176/12, EU:C:2014:2, puntos 44 y ss. 62 Entre otras, la Sentencia Sky Österreich, C-283/11, EU:C:2013:28, puntos 46 y ss., a propósito de los límites a la libertad de empresa (art. 16 de la Carta); Sentencia J.N. contra Staatssecretaris van Veiligheid en Justice, C-601/15 PPU, EU:C:2016:84, puntos 50 y ss., respecto del derecho fundamental a la libertad y a la seguridad (art. 6 de la Carta), y Sentencia Volker und Markus Schecke y Eifert, C-92/09, puntos 65 y ss., sobre los derechos fundamentales al respeto de la vida privada y familiar y a la protección de datos de carácter personal (arts. 7 y 8 de la Carta).

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