Direcciones IP y presunto anonimatoTras la identidad del usuario infractor de derechos de propiedad intelectual en Internet

  1. Patricia Llopis Nadal
Revista:
Indret: Revista para el Análisis del Derecho

ISSN: 1698-739X

Año de publicación: 2018

Número: 4

Tipo: Artículo

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Resumen

Quienes utilizan Internet para cometer actos ilícitos se benefician del presunto anonimato que ofrece la Red, sin embargo, en el estado actual de desarrollo de la tecnología es posible identificar al usuario que actuó tras una determinada dirección IP. En el marco de un proceso civil para la tutela de los derechos de propiedad intelectual, la base legal para obtener los datos del presunto infractor la proporciona el art. 256.1.11.º de la LEC; esta disposición permite al titular de los derechos solicitar a los prestadores de servicios el nombre y apellidos de quien, careciendo de autorización, ha puesto a disposición del público sus obras. Si bien esta diligencia pone fin al obstáculo que suponía para el acceso a la justicia desconocer la identidad del infractor, su práctica no está exenta de problemas. Así, a la restricción de las conductas tipificadas y a los requisitos impuestos por la propia norma –circunstancias que limitan su campo de aplicación-, debe añadirse la necesidad de que el tratamiento de las IPs –datos personales- sea conforme a derecho, la complejidad de saber a qué prestador pedir la información o la posibilidad de que quien contrató la línea no coincida con el autor de las infracciones. Con el propósito de ofrecer una solución a todas estas cuestiones, el presente trabajo tiene por objeto clarificar el régimen jurídico de la diligencia preliminar dirigida a obtener la identidad del usuario que infringe derechos de propiedad intelectual en Internet.

Referencias bibliográficas

  • Antonio CASTÁN PÉREZ-GÓMEZ (2016), “El nuevo régimen de diligencias preliminares en propiedad intelectual frente a las defraudaciones en el entorno digital”, en Juan José MARÍN LÓPEZ, Ramón CASAS VALLÉS, Rafael SÁNCHEZ ARISTI (Coordinadores), ET AL., Estudios sobre la ley de propiedad intelectual: últimas reformas y materiales pendientes, Dykinson, Madrid, pp. 121 a 154.
  • Alberto José DE NOVA LABIÁN (2010), Delitos contra la propiedad intelectual en el ámbito de Internet: (especial referencia a los sistemas de intercambio de archivos), Dykinson, Madrid.
  • María Paula DÍAZ PITA (2015), “Diligencias preliminares y propiedad intelectual tras la reforma operada por la Ley 21/2014, de 4 de noviembre en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, de 7 de enero”, en Inmaculada VIVAS TESÓN (Directora), ET AL., Cuestiones de actualidad en el ámbito de la propiedad intelectual, Dykinson, Madrid, pp. 175 a 214.
  • Ramón DURÁN RIVACOBA (2011), “Defensa civil de la propiedad intelectual e identificación del usuario de Internet”, Actualidad Civil, n.º 10, 16 pp. (consultado en versión electrónica).
  • F. Javier GARCÍA SANZ y Carles VENDRELL CERVANTES (2013), “Doctrina judicial en torno a las diligencias preliminares en materia de propiedad intelectual”, Diario La Ley, n.º 8128, 17 de Julio, 10 pp. (consultado en versión electrónica).
  • Ignacio GARROTE FERNÁNDEZ-DIEZ (2011), “Protección de datos vs. Tutela judicial efectiva en casos de infracción de derechos de propiedad intelectual”, Pe. i.: Revista de propiedad intelectual, n.º 38, pp. 13 a 75.
  • Ignacio GARROTE FERNÁNDEZ-DIEZ (2014), La responsabilidad de los intermediarios en Internet en materia de propiedad intelectual. Un estudio de derecho comparado, Tecnos D. L., Madrid.
  • José Javier GONZÁLEZ DE ALAIZA CARDONA, J. J. (2004), “La lucha de los titulares de derechos de autor contra las redes «peer to peer» (P2P)”, Pe. i.: Revista de propiedad intelectual, n.º 18, pp. 25 a 68.
  • Alfonso GONZÁLEZ GOZALO (2008), “El conflicto entre la propiedad intelectual y el derecho a la protección de datos de carácter personal en las redes peer to peer”, Pe. i.: Revista de propiedad intelectual, n.º 28, pp. 13 a 68.
  • Alfonso GONZÁLEZ GOZALO (2005), “La obligación de los prestadores de servicios en línea de revelar la identidad de los usuarios que infringen derechos de propiedad intelectual a través de redes P2P”, en Pe. i.: Revista de propiedad intelectual, n.º 20, pp. 77 a 134.
  • Jorge LEDESMA IBÁÑEZ (2011), Piratería digital en la propiedad intelectual: análisis jurídico de la piratería digital en el ámbito español e internacional, Bosch, Barcelona.
  • Pedro LETAI (2012), La infracción de derechos de propiedad intelectual sobre la obra musical en Internet, Comares, Madrid.
  • Patricia LLOPIS NADAL (2018), La protección de la Propiedad Intelectual vulnerada en Internet: determinación del órgano competente según el sistema español, Instituto de Derecho de Autor Colección Premio Antonio Delgado, Madrid.
  • Patricia LLOPIS NADAL (2018), Tutela judicial civil de la Propiedad Intelectual en Internet, Aranzadi-Thomson Reuters, Cizur Menor, consultado en versión electrónica.
  • Paz LLORIA GARCIA (2016), “La protección penal de la propiedad intelectual tras la reforma del CP de 2015”, La Ley Penal: Revista de derecho penal, procesal y penitenciario, n.º 121, julio-agosto, 1 de julio, 24 pp.
  • Julián LÓPEZ RICHART (2016), “El ejercicio de acciones civiles frente a los usuarios de redes P2P antes y después de la Ley 21/2014, de 4 de noviembre”, en Juan José MARÍN LÓPEZ, Ramón CASAS VALLÉS, Rafael SÁNCHEZ ARISTI (Coordinadores), ET AL., Estudios sobre la ley de propiedad intelectual: últimas reformas y materiales pendientes, Dykinson, Madrid, pp. 343 a 398.
  • Miguel Ángel MARTÍNEZ AYUSO (2006), “Las redes P2P y la descarga ilegal de contenidos”, Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento, n.º 18, consultado en versión electrónica.
  • Gemma MINERO ALEJANDRE (2015), “Medios de tutela de la propiedad intelectual”, en Rodrigo BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO (Director), ET AL, La Reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, Tirant lo Blanch, Valencia, pp. [363] a 386.
  • Ana MONTESINOS GARCÍA (2015), “Las diligencias preliminares en materia de propiedad intelectual tras la reforma operada por la Ley 21/2014, de 4 de noviembre”, Pe. i.: Revista de propiedad intelectual, n.º 50, pp. 35 a 70.
  • Fernando MORILLO GONZÁLEZ (2015), “Protección de los derechos de propiedad intelectual”, en Rodrigo BERCOVITZ RODRÍGUEZ-CANO (Coordinador), Manual de propiedad intelectual, Tirant lo Blanch, Valencia, 6ª ed., pp. [307] a 329.
  • Manuel ORTELLS RAMOS (2015), Derecho Procesal Civil, Aranzadi-Thomson Reuters, Cizur Menor, 14ª ed.
  • Miquel PEGUERA POCH y Marc TARRÉS VIVES (2010), “Marco jurídico de los servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico”, en Miquel PEGUERA POCH (Coordinador), ET AL., Principios de derecho de la sociedad de la información, Aranzadi, Cizur Menor, pp. 317 a 389.
  • Alejandro PUERTO MENDOZA (2015), Introducción al derecho de Internet; régimen jurídico básico de los contenidos digitales, CEF, Madrid.
  • Rafael SÁNCHEZ ARISTI (2007), El intercambio de obras protegidas a través de las plataformas peer-topeer, Instituto de Derecho de Autor, Madrid.
  • Carmen TOMÁS Y VALIENTE LANUZA (2015), “Delitos contra la Propiedad Intelectual”, en José Luís GONZÁLEZ CUSSAC (Director), Elena GÓRRIZ ROYO y Ángela MATALLÍN EVANGELIO (Coordinadoras), Comentarios a la Reforma del Código Penal de 2015, Tirant lo Blanch, Valencia, 2ª ed., pp. [843] a 890.