Reserva de ley en materia tributaria local y prohibición de analogíaen especial respecto de beneficios fiscales

  1. Francisco J. Magraner Moreno 1
  1. 1 Universitat de València
    info

    Universitat de València

    Valencia, España

    ROR https://ror.org/043nxc105

Revista:
Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal

ISSN: 0210-2161

Año de publicación: 2019

Título del ejemplar: El laberinto de los beneficios fiscales

Número: 4

Páginas: 35-50

Tipo: Artículo

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Resumen

La reserva de ley en materia tributaria establecida en los arts. 31.3 y 133 de la constitución española impide que los Entes Locales establezcan tato tributos ex novo como beneficios fiscales. Tal como ha constatado el Tribunal Constitucional, dicha reserva es de carácter relativo, circunstancia esta que, conjugada con el principio de autonomía financiera local reconocido en el art. 142 del texto constitucional, permite que estos entes gocen de cierta capacidad normativa circunscrita al ámbito que las leyes dispongan