La nueva situación de "post-ultraactividad" del convenio colectivo: una visión "rupturista". A propósito de la STS de 22 de diciembre de 2014, sobre la interpretación del artículo 86.3 in fine et sobre ultraactividad de los conveniosThe new situation of "post ultra.activity" of the collective agreement: a "ground breaking" approach. Concening the sts of december 22nd of 2014, about the interpretation of the article 86.3 del et in fine about ultra activity in collective agreement

  1. Blasco Pellicer, Ángel Antonio
  2. Goerlich Peset, José María
Revista:
Revista de información laboral

ISSN: 2254-3171

Año de publicación: 2015

Número: 2

Páginas: 49-65

Tipo: Artículo

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Resumen

La sentencia del TS de 22 de diciembre de 2014, por mayoría relativa, ha establecido que las condiciones establecidas en un convenio colectivo desde el momento de la constitución de un contrato de trabajo tienen naturaleza jurídica contractual y por ello siguen siendo exigibles entre empresa y trabajador aunque haya expirado la vigencia del convenio colectivo. Frente a esta tesis se sitúa la presente colaboración que crítica y pone en cuestión la mencionada doctrina por contraria a una recta interpretación de los preceptos legales en juego; por desequilibradora del sistema de fuentes de la relación laboral y porque su aplicación derivaría en consecuencias absurdas e incompatibles con la consolidada interpretación doctrinal y aplicación judicial de las relaciones entre la autonomía colectiva y la autonomía individual.