La prestación por maternidad
- Fernández-Peinado Martínez, Alicia
- Carmen Viqueira Pérez Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universitat d'Alacant / Universidad de Alicante
Fecha de defensa: 2012(e)ko urria-(a)k 01
- Francisco López-Tarruella Martínez Presidentea
- María Amparo Ballester Pastor Idazkaria
- Antonio Vicente Sempere Navarro Kidea
- Ángel Antonio Blasco Pellicer Kidea
- Carmelo Romeo Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
La protección otorgada por el sistema de Seguridad Social frente a la maternidad biológica constituye el objeto de estudio del presente trabajo. Sin embargo, no se van a analizar en él todas las medidas que el sistema ofrece frente a las situaciones de necesidad que puede generar la maternidad. El estudio se va a centrar en el núcleo clásico de la protección otorgada por el sistema de la Seguridad Social: la prestación por maternidad, sin perjuicio de que también sean objeto de análisis la denominada prestación no contributiva por maternidad y el subsidio especial por parto múltiple, en la medida en que estas últimas actúan como complemento de la primera. Por otro lado, el análisis gira en torno al estudio de la regulación de la prestación por maternidad en el Régimen General de la Seguridad Social sin entrar en las puntuales especificidades que pueden apreciarse en algún régimen especial, puesto que la regulación establecida para el Régimen General es, a decir de la disposición adicional undécima bis LGSS, la aplicable al resto de Regímenes del sistema de la Seguridad Social, de modo que, cuando se aborda su análisis, se está abordando el análisis de la misma en el resto de regímenes. Por último, conviene hacer notar que la investigación se centra únicamente en la prestación por maternidad que derive de la suspensión del contrato de trabajo a consecuencia del parto, obviando, pues, su tratamiento en caso de que ésta traiga su causa de la adopción o el acogimiento. Como se sabe, la prestación por maternidad cubre la carencia de rentas durante los periodos de suspensión del contrato por maternidad tanto biológica como adoptiva. De igual modo que la suspensión contractual observa alguna especialidad en su régimen jurídico en función de que se trate de maternidad biológica o adopción, también la prestación, siendo en esencia la misma institución, presenta diferentes perfiles cuando atiende a uno u otro tipo de maternidad. El trabajo se centra en la regulación de la prestación por maternidad en caso de parto porque es el patrón sobre el que a posteriori se configuró la protección de la maternidad adoptiva, por lo que la verdadera construcción jurídica del sistema se contiene y pone de manifiesto en la dinámica que ordena la prestación por maternidad biológica.