El régimen de liquidación del siniestro en el artículo 38 de la Ley de contrato de seguro
- Vicente Cuñat Edo Director
Universidad de defensa: Universitat de València
Año de defensa: 1996
- Fernando Sánchez Calero Presidente/a
- José Miguel Embid Irujo Secretario
- Jose María de la Cuesta Rute Vocal
- Francisco Vicent Chuliá Vocal
- Luis de Angulo Rodríguez Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
LA TESIS DOCTORAL SE CENTRA EN LOS PARRAFOS TERCERO A NOVENO DEL ARTICULO 38 DE LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO, DONDE SE REGULA EL ITER QUE LAS PARTES HAN DE SEGUIR PARA LIQUIDAR UN SINIESTRO EN LOS SEGUROS DE DAÑOS: EN UN PRIMER MOMENTO INTENTARAN ALCANZAR UN ARREGLO AMISTOSO Y, SI ESTE NO FUERA POSIBLE, ACUDIRAN A UN PROCEDIMIENTO PERICIAL. TEMA QUE HA DE SER COMPLETADO CON EL ARTICULO 39 DE LA LEY DE CONTRATO DE SEGURO REGULADOR DE LOS GASTOS DEL MENCIONADO PROCEDIMIENTO PERICIAL.