La descentralización de la estructura de la negociación colectiva y sus posibilidades de articulación

  1. LOPEZ TERRADA, EVA
Zuzendaria:
  1. Tomás Sala Franco Zuzendaria

Defentsa unibertsitatea: Universitat de València

Defentsa urtea: 1999

Epaimahaia:
  1. Juan Manuel Ramírez Martínez Presidentea
  2. José María Goerlich Peset Idazkaria
  3. María Emilia Casas Baamonde Kidea
  4. Jesús R. Mercader Uguina Kidea
  5. Fernando Valdés Dal-Ré Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 72079 DIALNET

Laburpena

Resulta innegable que el conjunto de preceptos que se refieren a la estructura de la negociación colectiva pueden pretender o tratar de facilitar bien su centralización, bien su descentralización. Pues bien, del mismo modo que con anterioridad a la Ley 11/1994 era posible sostener que determinados preceptos del E.T. posibilitaban una centralización de la negociación colectiva, en la actual regulación es posible detectar un conjunto de medidas que se pueden llamar descentralizadoras. Como la introducción de dichas medidas pueden agravar la actual desvertebración del sistema de negociación colectiva, se plantea como posible solución la necesidad de conformar un sistema de negociación colectiva articulado, siguiendo el modelo propuesto en el Acuerdo Interconfederal sobre Negociación Colectiva firmado en abril de 1997.