Fundamentación filosófico jurídica de los derechos de los niñosespecial atención a la convención de 1989

  1. GARIBO PEIRO, ANA PAZ
Dirigida por:
  1. Jesús Ballesteros Llompart Director

Universidad de defensa: Universitat de València

Fecha de defensa: 19 de julio de 2002

Tribunal:
  1. Andrés Ollero Tassara Presidente/a
  2. Maria Encarnacion Fernández Ruiz Galvez Secretario/a
  3. Rosa María Moliner Navarro Vocal
  4. Ernesto Jaime Vidal Gil Vocal
  5. María Elósegui Itxaso Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 89711 DIALNET

Resumen

La Declaración de Ginebra de 26 de septiembre de 1924 relativa a derechos de los niños y la Declaración de los Derechos del Niño de la Organización de las naciones unidas aprobadas el 20 de noviembre de 1959 se inspiran en una filosofía común, compartiendo un mismo concepto de niño y un mismo fundamento de sus derechos, por lo que le reconocen casi idéntico catálogo: derechos de cuidado y protección. Con la convención sobre los derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989, se ha profundizado, y muy bien, en esos derechos de cuidado y protección, pero, al mismo tiempo, ha introducido en el listado una novedad destacable: el reconocimiento para los niños de derechos de autonomía, derechos que hasta ahora sólo se había reconocido a los adultos. Ello ha supuesto un giro sustancial en cuanto a la concepción del niño que puede además implicar el riesgo de dejar vacíos de contenido, aquellos que hasta ese momento se había considerado sus genuinos derechos, los derechos relativos al cuidado y protección.