El desafío de la justicia global desde el enfoque de la capacidad de Amartya K. Sen

  1. Tamarit López, Isabel
Dirigida per:
  1. Adela Cortina Orts Directora

Universitat de defensa: Universitat de València

Fecha de defensa: 08 de de gener de 2016

Tribunal:
  1. Jesús Marcial Conill Sancho President
  2. Emilio Martínez Navarro Secretari/ària
  3. Flavio Comim Vocal
Departament:
  1. Filosofia

Tipus: Tesi

Resum

La tesis se centra en el estudio del enfoque de la capacidad en el economista Amartya K. Sen y su vinculación con la justicia en el ámbito global. En primer lugar nos centramos en el concepto de justicia global frente al de justicia internacional y transnacional. A continuación nos proponemos analizar el potencial de la capacidad (capability) como clave para una justicia de alcance global. A partir de la crítica de otros autores como Pogge, Nussbaum, Ricoeur, Cortina, Conill y Crocker valoramos el alcance y límites del enfoque de Sen para la justicia global. La metodología empleada es la de la hermenéutica crítica. Partiendo del estudio de las obras de Amartya K. Sen buscamos desentrañar los conceptos claves de su propuesta económico-ética en vistas a la elaboración de una teoría de la justicia global. El capítulo 1 es una introducción general a la investigación realizada en la tesis y la pertinencia y actualidad de la temática abordada. En el capítulo 2 dedicado al estado de la cuestión analizamos las propuestas de justicia a nivel internacional, transnacional y global de autores como John Rawls, Onora O’Neill, Thomas Pogge o David Miller. Cada uno de ellos defiende una concepción de la justicia distinta, en lo que se refiere a la asistencia a terceros o la responsabilidad hacia países ajenos al propio que sufren cuotas de pobreza o desigualdad que dificultan el desarrollo y el reconocimiento de la dignidad de las personas. La justificación de unos y otros se basa en la importancia de mantener la autonomía nacional, promover los derechos humanos, cumplir con las obligaciones que nos vinculan al resto de la humanidad o lograr unos mínimos a nivel internacional que impidan la explotación o la dominación de aquellos más vulnerables por parte de quienes poseen el poder. De este modo nos aproximamos a las respuestas más comunes relacionadas con la justicia a la pregunta acerca de cuál debe ser la respuesta internacional ante los problemas de desarrollo o pobreza que sufre un importante porcentaje de la población mundial. En el capítulo 3 tratamos de esclarecer aspectos fundamentales del enfoque de la capacidad, yendo a la vinculación del concepto de capacidad con las nociones de libertad positiva y negativa, o con la libertad real o como no-dominación del republicanismo. Tratamos así de conocer el significado del concepto de capacidad y la importancia que éste tiene para la comprensión de la justicia desde el enfoque de Amartya Sen. Esto nos conduce a valorar las dimensiones de bienestar y de agencia del ser humano, considerando la evolución que estos conceptos y su prioridad para el desarrollo han tenido en la obra de Sen y el modo en que esto afecta al modo de entender la libertad y la justicia. Para esta tarea hemos tenido que recurrir a las consideraciones críticas de autores como David Crocker o Adela Cortina, que matizan o incluso corrigen aspectos relativos al entendimiento de estos conceptos por parte de Sen, sobre todo en lo que respecta al significado de la agencia y su repercusión para la autonomía del individuo. El estudio sobre la agencia nos ha permitido adentrarnos en la consideración de las capacidades colectivas, como una forma de ampliar la agencia más allá del individuo e incluyendo a los grupos, comunidades o colectivos como agentes. Esta reflexión nos ha llevado a considerar la posibilidad de que haya otros agentes de justicia al margen del Estado capaces de asumir el rol de agentes en el sentido en que Sen lo especifica. Así mismo desde la agencia hemos considerado críticamente los fenómenos de preferencias adaptativas, que se traducen en última instancia en fallos de autonomía que merecen ser tratados como casos de injusticia. Para concluir este capítulo abordamos las aportaciones y críticas que Martha Nussbaum y Gerald Cohen realizan al concepto de capacidad de Amartya Sen, reflexionando sobre su alcance y respondiendo a los matices que sugieren para el enfoque, desde la relevancia que pueden tener para la propuesta de justicia global que defendemos. En el capítulo 4 tratamos de situar la reflexión sobre dos conceptos fundamentales en torno a la idea de justicia en Sen, a saber, la igualdad y la libertad. Intentamos situar el rol que ocupa cada una de ellas para una teoría de la justicia global, matizando la propuesta de Sen y abriendo distancia respecto a Rawls. Planteamos como un fin de la justicia distributiva la igualdad de capacidades básicas y esto nos condujo a justificar la capacidad como variable óptima para la evaluación y la métrica de la justicia. No obstante, intentamos reflexionar más allá del debate sobre las bases informacionales de la justicia en torno a recursos - capacidades, y consideramos la posibilidad de una base informacional combinada estudiando el enfoque de las necesidades humanas y sus conexiones con el enfoque de la capacidad de Sen. De este modo, tratamos de valorar esta posibilidad para la justicia global. En el capítulo 5 y al hilo de la discusión sobre las bases informacionales de la justicia abordamos la crítica que Thomas Pogge lanza al enfoque de la capacidad tratando de mostrar su deficiencia como criterio normativo para defender una teoría de la justicia. En este sentido la propuesta de Pogge basada en los recursos, en concreto en la versión de bienes primarios de Rawls, trata de erigirse como superior al enfoque de la capacidad, tanto en el tratamiento de la desigualdad como para la erradicación de la pobreza. Por eso respondemos a la crítica de Pogge y matizamos algunas cuestiones sobre las que llama la atención tratando de aclarar o corregir aquellos puntos del enfoque de la capacidad que merecen ser tenidos en cuenta en una teoría de la justicia global. En el capítulo 6 nos centramos en la reflexión en torno a los límites y el alcance del enfoque de la capacidad de Amartya Sen para una teoría de la justicia global. Podemos decir que este capítulo trata en un primer momento de las aportaciones positivas del enfoque de la capacidad y por otro lado de los déficits de fundamentación del propio enfoque desde la crítica que diversos autores le han hecho, apuntando a los aspectos que merecen ser repensados o ampliados. En este sentido tratamos en un primer momento sobre las ventajas interculturales del enfoque de la capacidad y la valoración de la libertad cultural y el diálogo intercultural para una teoría de la justicia global. Esto nos conduce a plantearnos la posibilidad de construir una identidad humana intercultural más allá de las fronteras nacionales, que puede resultar clave para una propuesta de justicia de alcance global. Por otro lado, abordamos la cuestión acerca de la exigencia de imparcialidad que toda teoría de la justicia desde la idea de equidad reclama, y que Sen plantea, frente a la imparcialidad cerrada de Rawls, como imparcialidad abierta. Consideraremos si esta apertura supone una ventaja para una teoría de la justicia global y en qué sentido. La reivindicación del enfoque de la capacidad de la importancia de los debates públicos y el gobierno de discusión nos lleva a plantearnos el valor de la democracia deliberativa para una teoría de la justicia global. La falta de desarrollo de una propuesta democrática deliberativa por parte de Sen nos obliga a plantearnos otras interpretaciones como la de David Crocker desde el enfoque de la capacidad, que se construye a partir de una ética de desarrollo global. Finalmente valoramos la aportación de los derechos humanos como imperativos éticos globales para defender una propuesta de justicia global desde el enfoque de la capacidad. En cuanto a los déficits de fundamentación del enfoque nos ocupamos de las críticas y correcciones que autores como Alkire, Ricoeur, Deneulin o Cortina apuntan resaltando la necesidad de complementar el enfoque para que cuente con un fundamento normativo sólido. Una vez valorados estos aspectos críticos del enfoque de la capacidad de Sen consideramos la posibilidad de mantener una teoría de la justicia global y reflexionamos en torno a la propuesta de Gustavo Pereira desde una teoría crítica de la justicia basada en la ética del discurso. Cerramos nuestro escrito con un capítulo 7 dedicado a conclusiones y otro capítulo 8, a referencias bibliográficas.