El derecho sui generis sobre bases de datosgénesis, evolución y perspectivas

  1. Bataller Ruiz, Enric
Dirigida per:
  1. Javier Plaza Penadés Director

Universitat de defensa: Universitat de València

Fecha de defensa: 23 de de desembre de 2008

Tribunal:
  1. Mario Enrique Clemente Meoro President
  2. Juan Ignacio Ruiz Peris Secretari
  3. Rosario Valpuesta Fernández Vocal
  4. José Miguel Rodríguez Tapia Vocal
  5. Juan Antonio Moreno Martínez Vocal
Departament:
  1. Dret Civil

Tipus: Tesi

Teseo: 163102 DIALNET

Resum

Esta tesis tiene por objeto el estudio de los principales aspectos del derecho sui generis sobre bases de datos, cuya implantación se produjo, con carácter general para todo el ámbito de la Unión Europea, con la Directiva 96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, y que se caracteriza por la instauración de un novedoso régimen protector para las inversiones realizadas por fabricantes de bases de datos, con independencia de que éstas reúnan o no la suficiente altura creativa como para resultar simultáneamente amparadas por el Derecho de autor, En un corto lapso, menor a diez años, hemos asistido a la promulgación de la citada Directiva y a la publicación en 2005 de un pesimista informe de evaluación de sus resultados por la Unión Europea, lo que debe ser motivo de reflexión y, posiblemente, de reconducción de la novedosa figura del derecho sui generis. La interpretación de los límites de esta nueva figura realizada por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en las cuatro sentencias pronunciadas al efecto en fecha 9 de noviembre de 2004, muestra que esta figura es insuficiente para cubrir los objetivos inicialmente perseguidos cuando se abordó su puesta en pie en el espacio europeo. Las conclusiones a las que llego demuestran que el experimento emprendido por la Unión Europea mediante la Directiva 96/9/CE ha cubierto una primera etapa, pero necesita pasar urgentemente a un nuevo estadio en el que, tras realizar las necesarias reformas normativas, se ofrezca a los ciudadanos un instrumento protector más denso y aplicable a un mayor número de situaciones precisadas de tutela, so pena de que el derecho sui generis otrogado al fabricante de bases de datos se convierta en un fósil jurídico perfectamente prescindible.