La protección penal del ambiente natural (análisis del tipo de injusto del art. 347 bis del código penal)
- RODAS MONSALVE JULIO CESAR
- Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Salamanca
Año de defensa: 1993
- Francisco Muñoz Conde Presidente/a
- María Luz Gutiérrez Francés Secretario/a
- Juan María Terradillos Basoco Vocal
- Francisco Javier Boix Reig Vocal
- Rocío Cantarero Bandrés Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
LA TESIS SE OCUPA DE UNO DE LOS DELITOS DE MAYOR INTERES Y ACTUALIDAD EN LAS SOCIEDADES MODERNAS: EL LLAMADO DELITO ECOLOGICO, QUE APARECE TIPIFICADO EN NUESTRO CODIGO PENAL EN EL ART. 347 BIS, FIGURA INTRODUCIDA POR LA LEY ORGANICA 8/1983, DE 25 DE JULIO.TRAS UN COMPLETO ESTUDIO DEL BIEN JURIDICO PROTEGIDO EN ESTE DELITO, EL AMBIENTE NATURAL, BIEN DE NATURALEZA COLECTIVA, DE DIFICIL APREHENSION, ESTE TRABAJO SE OCUPA DE LOS PRINCIPALES PROBLEMAS QUE PLANTEA SU TIPIFICACION: SU CONFIGURACION COMO DELITO DE PELIGRO, RECURSO A LA TECNICA DE LAS LEYES PENALES EN BLANCO Y LIMITES ENTRE DERECHO PENAL Y DERECHO ADMINISTRATIVO.SE AFRONTAN TODAS LAS CUESTIONES QUE DIMANAN DE LA DEFECTUOSA REDACCION DEL CITADO ART. 347 BIS, ASI COMO LOS PROBLEMAS QUE PRESENTA PARA SU INTERPRETACION Y APLICABILIDAD.SE TOMAN COMO REFERENCIA OTRAS SOLUCIONES LEGISLATIVAS COMPARADAS Y EL PROYECTO DE 1992.