La partición testamentaria

  1. Sorrentí Costa, Vicent Josep
Supervised by:
  1. Francisco de Paula Blasco Gascó Director
  2. Jesús Estruch Estruch Director

Defence university: Universitat de València

Fecha de defensa: 26 November 2024

Committee:
  1. Vicente Guilarte Gutiérrez Chair
  2. María José Reyes López Secretary
  3. Juan Antonio Moreno Martínez Committee member
Department:
  1. CIVIL LAW

Type: Thesis

RODERIC. Repositorio Institucional de la Universitat de Valéncia: lock_openOpen access Handle

Abstract

La tesis doctoral tiene por objeto de estudio la partición de la herencia hecha por el propio testador ex art. 1056 del Código civil. En ella se tratan aquellas cuestiones más sobresalientes de esta institución, con el fin de tener un conocimiento transversal de la misma que nos ayude a ofrecer soluciones a los problemas que presenta de carácter práctico. La tesis se divide en diez capítulos: el primero de ellos analiza la institución desde un punto de vista histórico, con una breve referencia al Derecho civil valenciano y su situación actual; el segundo, analiza la comunidad hereditaria y la partición testamentaria en Derecho común; el tercero, las operaciones particionales típicas así como los efectos de la partición testamentaria; el cuarto, las legítimas como el único límite a la facultad del testador-partidor; el quinto, la ineficacia de la partición y el régimen especial de rescisión por lesión previsto en el art. 1075 CC; el sexto, la evicción y saneamiento entre coherederos y la excepción contenida, a su vez, en el art. 1070.1º CC; el séptimo, la inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles adjudicados, con una especial consideración al tema relativo a las deudas de la herencia así como a la existencia de legitimarios, a la vista de las resoluciones sobre el particular de la DGSJFP; el octavo, la partición testamentaria del art. 1056.2 CC, en especial, por lo que respecta a la transmisión de la empresa familiar y la suficiencia o no de los recursos contenidos en el precepto; el noveno, trata la partición hecha por el testador, causante o disponente en las legislaciones especiales o autonómicas; y, el décimo, versa sobre partición hecha por el causante en Francia, Italia, Bélgica, Portugal y Argentina. Por último, se plasman las oportunas conclusiones extraídas del estudio de la institución y se ofrecen algunas propuestas "de lefe ferenda" que pueden contribuir, en el futuro, a una regulación más completa de la misma.